PropiedadHorizontal. Una propiedad horizontal es aquella que está segregada y que, por tanto, ejerce la división de la propiedad sobre viviendas, oficinas, locales o garajes. Es la forma más típica de propiedad que nos encontramos en nuestra administración de fincas en Zaragoza.

Duranteel proceso de tramitación de la división horizontal de un inmueble, también se divide la parte correspondiente de las áreas comunes en proporción a las nuevas propiedades creadas. La figura
Eneste caso, es preciso debatir la decisión en la junta de vecinos y adoptarla siguiendo las mayorías que establece la Ley de Propiedad Horizontal (LPH). La colocación de extintores de un vecindario no puede, por tanto, forzarse por causas de ley; pero si es posible solicitarla y defenderla ante el resto de vecinos para que sea admitida
Enel apartado de la escritura relativo a las normas reguladores de la comunidad, expresamente se indica que las «viviendas unifamiliares anteriormente descritas se regirán por lo dispuesto en la leyes sobre Comunidad de Bienes, Ley de Propiedad Horizontal. » y por determinadas normas especiales transcritas en el apartado I de los Elrégimen de propiedad horizontal es aplicable a las urbanizaciones («complejos inmobiliarios privados», según su denominación legal) que reúnan los
Artículo3. Ámbito de aplicación. 1. A todos los edificios y conjuntos inmobiliarios en los que exista continuidad en la edificación, de uso residencial o no, y sean o no de nueva construcción, que estén acogidos, o deban acogerse, al régimen de propiedad horizontal regulado por la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre Propiedad
zeVqz. 157 412 312 66 459 86 492 366 117

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